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Empleo y normativa

Contrato de empleada de hogar 2026: modelo gratis en Word y PDF y cómo hacerlo bien

Modelo gratuito de contrato de empleada de hogar 2026 en Word y PDF, adaptado al RD 723/2026, y una guía clara: si es obligatorio, qué tipo elegir, qué debe incluir, interna, por horas y el alta en la Seguridad Social.

Yolanda Mancera, Fundadora, HouseHoldTalentPublicado Actualizado 11 min de lectura
Contrato de trabajo sobre una mesa de cocina con dos bolígrafos, listo para firmar
En este artículo
  1. ¿Es obligatorio hacer contrato a una empleada de hogar?
  2. Qué cambia en 2026
  3. Qué tipo de contrato elegir
  4. Qué debe incluir el contrato
  5. Contrato de empleada de hogar interna: lo que cambia
  6. Contrato por horas
  7. ¿Hay que registrar el contrato en el SEPE?
  8. Lo que no se puede pactar
  9. Errores frecuentes
  10. Cómo usar el modelo
  11. ¿Busca a la persona, no solo el contrato?
  12. Preguntas frecuentes
  13. ¿Es obligatorio el contrato por escrito?
  14. ¿Cuál es el salario mínimo de una empleada de hogar en 2026?
  15. ¿Cuánto dura el periodo de prueba?
  16. ¿Hay que retener IRPF?
  17. ¿Qué pasa si no hago contrato?

Un acuerdo de palabra sobre el sueldo y el horario puede funcionar durante meses. El problema llega con el primer desacuerdo, cuando ninguna de las dos partes puede demostrar si aquel sueldo era bruto o neto, cuántas horas eran o qué pasaba con las vacaciones. Un contrato de empleada de hogar bien hecho evita esa conversación.

Además, desde el 5 de octubre de 2026 el Real Decreto 723/2026 obliga a entregar por escrito los elementos esenciales del contrato antes de que la persona empiece a trabajar (arts. 3 y 7.1 RD 723/2026). Nuestro modelo ya los incluye. Somos HouseHoldTalent, una red privada que presenta personal doméstico a hogares en Gibraltar y en la Costa del Sol.

¿Es obligatorio hacer contrato a una empleada de hogar?

Cualquiera de las dos partes puede exigir que el contrato conste por escrito, incluso cuando la relación ya ha empezado (art. 5.3 RD 1620/2011). Y en algunos casos el escrito es obligatorio: si el contrato es a tiempo parcial, fijo-discontinuo o temporal de más de cuatro semanas (art. 8.2 del Estatuto de los Trabajadores).

Si no hay pacto escrito, el contrato se presume indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario (art. 5.2 RD 1620/2011). Para una familia que paga diez horas a la semana, eso significa que, sin papel, tendría que demostrar que el acuerdo era de diez horas y no de cuarenta.

Hay una obligación más desde este otoño. En las relaciones de más de cuatro semanas, la persona empleadora debe entregar por escrito la información sobre los elementos esenciales del contrato antes del inicio de la relación (arts. 2.2 y 7.1 RD 723/2026). Si el contrato escrito la recoge completa, esa obligación queda cumplida (art. 3.1).

Un contrato por escrito protege a las dos partes.

Qué cambia en 2026

RD 723/2026. Está en vigor desde el 5 de octubre de 2026 y sustituye al Real Decreto 1659/1998. Enumera lo que la persona trabajadora debe recibir por escrito (art. 3.2 RD 723/2026). Entre las novedades: la entidad elegida para cubrir las contingencias de la Seguridad Social, el protocolo frente al acoso, si se usan sistemas algorítmicos o automatizados para decidir sobre sus condiciones, y los supuestos y el procedimiento para modificar las condiciones esenciales. Si la relación empezó antes, la persona empleadora debe facilitar esa información en un plazo de treinta días hábiles si la trabajadora la solicita (disposición transitoria única RD 723/2026). Puede leer el texto completo del Real Decreto 723/2026 en el BOE.

Salario mínimo 2026. Es de 1.221 € al mes en 14 pagas, y de 9,55 € por hora efectivamente trabajada para quien trabaja por horas en régimen externo (RD 126/2026).

Prevención de riesgos. Desde el Real Decreto 893/2024, el hogar debe hacer una evaluación de riesgos y entregar por escrito las medidas preventivas (art. 3 RD 893/2024). El INSST ofrece una herramienta gratuita en Prevencion10.es.

Registro de jornada. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró el 19 de diciembre de 2024 (asunto C-531/23) que el Derecho de la Unión se opone a eximir a los empleadores domésticos de registrar la jornada de forma objetiva y fiable. A 5 de octubre de 2026 el real decreto español sobre registro de jornada no se ha publicado en el BOE. Aun así, recomendamos llevar el registro desde ya: es la mejor prueba de las horas reales para las dos partes, y nuestro modelo incluye un anexo para hacerlo.

Qué tipo de contrato elegir

Tipos de contrato para el empleo de hogar
TipoCuándo usarloOjo con
IndefinidoLa regla general (art. 15.1 ET)Si no hay pacto escrito, se presume indefinido y a jornada completa (art. 5.2 RD 1620/2011)
Por horas, externaUnas horas a la semana, sin dormir en la casaDebe ser por escrito, con las horas y su distribución (arts. 8.2 y 12.4.a ET); mínimo 9,55 € la hora en 2026 (RD 126/2026)
InternaVive y duerme en la casaDescansos, comidas y pernocta específicos (art. 9 RD 1620/2011)
Temporal por circunstancias de la producciónUn aumento puntual de trabajoMáximo seis meses y causa explicada con precisión (arts. 15.1 y 15.2 ET)
Temporal por sustituciónCubrir a una persona con derecho a reserva del puestoIndicar su nombre y la causa (art. 15.3 ET)
Fijo-discontinuoTrabajo de temporada, por ejemplo una casa de veranoEn nuestro modelo, solo a jornada completa (art. 16 ET)

Desde la reforma laboral de 2021, el contrato temporal no es una elección libre. El contrato se presume indefinido, y uno de duración determinada solo cabe por circunstancias de la producción o por sustitución, indicando con precisión la causa, las circunstancias concretas y su relación con la duración prevista (art. 15.1 ET).

Sobre el fijo-discontinuo a tiempo parcial: el Estatuto lo vincula a lo que disponga un convenio colectivo sectorial (art. 16.5 ET), y el empleo de hogar no tiene convenio. Por eso nuestro modelo solo lo ofrece a jornada completa.

Qué debe incluir el contrato

  • Datos de las partes y fecha de inicio.
  • Puesto y funciones, descritas con precisión (art. 3.2 RD 723/2026).
  • Lugar de trabajo.
  • Duración y, si es temporal, la causa (art. 15.1 ET).
  • Periodo de prueba: máximo dos meses, y uno si el contrato temporal dura hasta seis meses; preaviso máximo de siete días (art. 6.2 RD 1620/2011; art. 14.1 ET).
  • Jornada, horario y descansos: máximo 40 horas semanales de trabajo efectivo (art. 9.1 RD 1620/2011).
  • Tiempo de presencia, si lo hay (art. 9.2 RD 1620/2011).
  • Pernocta, si la hay (art. 5.4 RD 1620/2011).
  • Salario: base, complementos, pagas extraordinarias y salario en especie, por separado (art. 3.2 RD 723/2026; art. 8 RD 1620/2011).
  • Vacaciones, festivos y permisos (art. 9 RD 1620/2011; art. 37 ET).
  • Seguridad Social: alta y entidades que cubren las contingencias (art. 3.2 RD 723/2026; DA 1.ª RD 1620/2011).
  • Prevención de riesgos (RD 893/2024).
  • Cómo se extingue el contrato (art. 11 RD 1620/2011). Cuánto cuesta cada vía, con ejemplos: lea nuestra guía del despido de la empleada de hogar. ¿Tendrá paro? Lo explicamos en nuestra guía del paro de la empleada de hogar.

Nuestro modelo recoge todos estos puntos e incluye dos anexos: uno para el trabajo en el extranjero y otro para el registro diario de jornada. Descargue el modelo en Word para rellenarlo.

Contrato de empleada de hogar interna: lo que cambia

El descanso entre jornadas puede bajar de doce a diez horas, compensando el resto en periodos de hasta cuatro semanas, y la trabajadora interna dispone de al menos dos horas diarias para las comidas principales, que no cuentan como tiempo de trabajo (art. 9.4 RD 1620/2011).

Durante las vacaciones no está obligada a residir en el domicilio familiar ni en el lugar al que se desplace la familia (art. 9.7 RD 1620/2011). Nuestro modelo lo extiende, por acuerdo, también al descanso semanal.

El salario en especie, como el alojamiento y la manutención, no puede superar el 30 % del salario total, y la parte en dinero no puede ser inferior al salario mínimo (art. 8.2 RD 1620/2011). Si está de baja por enfermedad o accidente, tiene derecho a seguir alojada al menos treinta días, salvo que se le recomiende la hospitalización (art. 10.3 RD 1620/2011). Y la decisión de extinguir el contrato no puede llevarse a cabo entre las 17:00 y las 8:00, salvo falta muy grave a los deberes de lealtad y confianza (art. 11.4 RD 1620/2011). Quién paga cada día de la baja lo explicamos en nuestra guía de la baja médica.

Queda el tiempo de presencia. La norma española permite pactar hasta veinte horas semanales de promedio, además de las cuarenta de trabajo (art. 9.2 RD 1620/2011). La Directiva europea limita la jornada a cuarenta y ocho horas semanales de promedio (art. 6 Directiva 2003/88/CE), y según la jurisprudencia europea el tiempo a disposición en un lugar fijado por el empleador puede contar como trabajo. Para gestionar ese riesgo, nuestro modelo incluye una opción en la cláusula sexta que limita a cuarenta y ocho horas la suma de trabajo, presencia y horas extraordinarias.

Un consejo práctico: antes del primer día, enséñele la habitación y acuerden por escrito qué se espera por la noche, a qué hora termina la jornada y qué días libres tiene. La mayoría de los malentendidos con una interna nacen de lo que nadie se atrevió a preguntar.

Horario tipo, sueldo y costes de una interna, con ejemplos: lea nuestra guía de la empleada de hogar interna.

Contrato por horas

En 2026, el mínimo es de 9,55 € por hora efectivamente trabajada. Ese importe incluye las pagas extraordinarias, las vacaciones y el descanso, y se paga íntegro en dinero (RD 126/2026; art. 8.5 RD 1620/2011).

El contrato a tiempo parcial debe hacerse por escrito e indicar el número de horas y su distribución (arts. 8.2 y 12.4.a ET). Quien trabaja a tiempo parcial no puede hacer horas extraordinarias, salvo para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes (art. 12.4.c ET).

Las vacaciones se disfrutan igualmente. Nuestro modelo pide que el recibo desglose qué parte de ese precio corresponde a pagas extraordinarias, vacaciones y descanso (cláusula octava).

Cuánto cuesta al mes, con la Seguridad Social: vea nuestra guía de la empleada de hogar por horas.

¿Hay que registrar el contrato en el SEPE?

No por separado. La comunicación del contenido del contrato al Servicio Público de Empleo se entiende hecha con el alta en la Seguridad Social, acompañada del contrato si es escrito (DA 1.ª RD 1620/2011). El propio modelo oficial del SEPE, en sus cláusulas para el hogar, dice lo mismo: el contenido se presenta a la Tesorería en el alta para su comunicación al Servicio Público de Empleo.

Lo que sí debe hacer es dar de alta a la persona trabajadora en la Seguridad Social antes de que empiece, como máximo con 60 días naturales de antelación (art. 32.3 RD 84/1996). La primera vez que contrata, la Seguridad Social le asigna un código de cuenta de cotización (CCC), y cualquier cambio de salario o de jornada se comunica en los seis días naturales siguientes.

Desde el 1 de enero de 2023, la persona empleadora es la única responsable del alta, la baja y el ingreso de las cotizaciones, trabaje las horas que trabaje la empleada. Todo el detalle está en la Guía práctica del empleo en el hogar de la Seguridad Social.

Lo que no se puede pactar

Hay mínimos que ningún contrato puede rebajar, aunque las dos partes estén de acuerdo. El salario no puede quedar por debajo del salario mínimo (RD 126/2026), y el salario en especie no puede superar el 30 % del total (art. 8.2 RD 1620/2011). El periodo de prueba no puede pasar de dos meses, ni el preaviso durante él de siete días (art. 6.2 RD 1620/2011). El tiempo de presencia no puede superar las veinte horas semanales de promedio, salvo que se compense con descanso retribuido. Y los descansos tienen un suelo: doce horas entre jornadas, o diez para internas con compensación, treinta y seis horas seguidas a la semana y treinta días naturales de vacaciones al año (art. 9 RD 1620/2011).

Errores frecuentes

Uno es pactar el sueldo de palabra sin aclarar si es bruto o neto, o sin decir qué pasa con las pagas extraordinarias. Otro es dar de alta a la persona días después de que haya empezado, cuando el alta debe ser previa (art. 32.3 RD 84/1996). Y en una casa con varias personas, conviene poner por escrito quién hace qué.

Hay otros que conviene evitar:

Usar este régimen cuando quien contrata es una empresa, como una sociedad patrimonial o un family office con forma de sociedad. En ese caso se aplica la normativa laboral común (art. 2.1 RD 1620/2011). Si contrata guardeses para una finca, vea también nuestra guía de guardeses de finca. Tampoco sirve para trabajar en Gibraltar, que tiene su propia legislación; lo explicamos en nuestra guía sobre trabajar en Gibraltar viviendo en España.

Firmar contratos temporales sin una causa real (art. 15.1 ET). Poner cámaras en la habitación de la trabajadora o en sus zonas de descanso, algo que la ley no permite en ningún caso (art. 89.2 LO 3/2018). No llevar registro de jornada (STJUE de 19 de diciembre de 2024, asunto C-531/23). Y no hacer la evaluación de riesgos (RD 893/2024).

Cómo usar el modelo

Descárguelo en Word para rellenarlo; el PDF sirve para leerlo o imprimirlo. Antes de firmarlo, pida a su gestor que lo revise: es la mejor garantía de que encaja con su caso.

Complete los campos sombreados y borre las opciones que no apliquen. Firmen dos ejemplares y rubriquen todas las páginas. Entréguele uno antes de que empiece y pídale que firme el «Recibí copia».

Dé de alta a la persona trabajadora en la Seguridad Social antes del primer día. El recuadro «Datos para el alta» del final del contrato reúne lo que le pedirán. Y revíselo cada enero, cuando se publique el nuevo salario mínimo.

¿Es propietario extranjero? Tenemos una guía en inglés: Hiring household staff in Spain.

¿Busca a la persona, no solo el contrato?

Revisamos cada candidatura de forma individual, y solo compartimos los datos de una persona con un hogar cuando ella acepta la presentación. Así es cómo funcionan las presentaciones.

¿Trabaja en el hogar y busca un nuevo puesto? Únase a la red.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el contrato por escrito?

Puede exigirlo cualquiera de las partes, y es obligatorio si el contrato es a tiempo parcial, fijo-discontinuo o temporal de más de cuatro semanas (art. 5.3 RD 1620/2011; art. 8.2 ET). Lo explicamos al principio de esta guía.

¿Cuál es el salario mínimo de una empleada de hogar en 2026?

1.221 € al mes en 14 pagas a jornada completa, o 9,55 € por hora efectivamente trabajada si trabaja por horas en régimen externo (RD 126/2026).

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Como máximo dos meses, con un preaviso de siete días naturales como máximo (art. 6.2 RD 1620/2011).

¿Hay que retener IRPF?

La persona empleadora de hogar residente en España que no actúa en una actividad económica no está obligada a retener (art. 76.1 del Reglamento del IRPF; consulta DGT V2870-23). Si no reside en España, consulte con un asesor.

¿Qué pasa si no hago contrato?

Se presume que el contrato es indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario (art. 5.2 RD 1620/2011). El texto completo está en el Real Decreto 1620/2011.

Última revisión: 5 de octubre de 2026. Modelo y guía orientativos, redactados con la normativa vigente a 5 de octubre de 2026. La normativa cambia con frecuencia: revise el modelo con su gestor, graduado social o abogado laboralista antes de usarlo. HouseHoldTalent no presta asesoramiento jurídico.

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